La mediación en asuntos civiles y mercantiles es la gran desconocida en el ámbito jurídico pero en definitiva es un buen medio para llegar a un acuerdo entre varias partes.

jueves, 16 de agosto de 2012

La neutralidad en la mediación. Artículo 8.


La neutralidad es un principio básico.

Todas las actuaciones de mediación deben desarrollarse de forma que permitan a todas las partes en conflicto alcanzar por si misma un acuerdo de mediación, actuando siempre el mediador de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la misma ley.


No hay comentarios:

Publicar un comentario

COLABORA CON UN COMENTARIO