La mediación en asuntos civiles y mercantiles es la gran desconocida en el ámbito jurídico pero en definitiva es un buen medio para llegar a un acuerdo entre varias partes.

jueves, 6 de septiembre de 2012

Muchas gracias.Artículo 18 de la Ley de MEDIACIÓN


miércoles, 5 de septiembre de 2012

¿Uno o varios mediadores? Artículo 18.



El proceso de mediación se puede llevar a cabo por uno o por varios mediadores, pero dependerá de la complejidad del conflicto.

En el caso de que intervengan varios mediadores siempre deben actuar de forma coordinada.


Información y sesiones informativas. Artículo 17.



Cuando se recibe la solicitud de la mediación y salvo pacto en contrario, el mediador o la Institución de mediación citará a las partes para la celebración de una previa sesión informativa.
En el caso de que cualquiera de las partes no asista a la sesión informativa injustificadamente, por supuesto se entiende que desisten de la mediación solicitada.
La información de qué parte o partes de la mediación no asistieron a la sesión no será confidencial.

Durante la sesión informativa el mediador debe informar a las partes de todas las causas que pueden afectar a su imparcialidad, de su profesión, de la formación adquirida y de su experiencia.

Y a partir de aquí debe explicar:

1. De que trata la mediación.
2. El coste del procedimiento de la mediación. (Muy importante)
3. La organización del procedimiento
4. Las consecuencias jurídicas del acuerdo que se pudiera alcanzar (Más importante todavía).
5. El plazo para firmar el ACTA de la sesión constitutiva.


Por otro lado, las instituciones de mediación podrán organizar sesiones informativas abiertas para todas aquellas personas que pudieran estar interesadas en acudir a este sistema de resolución de conflictos, que en ningún caso sustituirán a la información expresada en el párrafo primero.